jueves, 4 de febrero de 2021

Conociendo las vacunas para el SARS-CoV-2

Llevo mucho tiempo sin contaros nada, con todo lo que ha pasado y aún por desgracia sigue pasando...

Pero debemos ser optimistas y hablar de los medicamentos que pretenden prevenir el contagio de la COVID-19. 

Actualmente tenemos ya disponibles y autorizadas tres vacunas en España.  Dos de ellas podemos consultarlas a día de hoy en Bot Plus. La tercera ya está autorizada por la AEMPS pero aún no viene recogida en la base de datos del CGCCOOFF. Aquí os las presento:

1. La de Pfizer: también llamada COMIRNATY®

2. La de Moderna: COVID-19 VACCINE MODERNA®

3. La de AstraZeneca: COVID-19 VACCINE ASTRAZENECA®

Pero, ¿cómo funciona cada una? 

Pfizer y Moderna han desarrollado un tipo de vacuna que hasta ahora no se había utilizado. Existían ensayos pero aún no se había comercializado una como estas. Se trata de ARN mensajero que permite la expresión transitoria del antígeno S del SARS-CoV-2. El ARNm codifica una proteina S anclada a la membrana con dos mutaciones puntuales en la hélice central. La vacuna genera respuestas de anticuerpos neutralizantes y de inmunidad celular contra el antígeno de la espícula S, que contribuyen a la proteccion frente a COVID-19. Así lo vemos mejor:


El SARS-CoV-2 se estudia en el laboratorio.


Los científicos sacan la secuencia genética del virus.


Se selecciona el RNAm que codifica la proteina S para constituir la vacuna.


Las células humanas producen la proteina S (antígeno)


El sistema inmune produce anticuerpos frente al antígeno.


La de Pfizer está indicada en mayores de 16 años; la de Moderna está indicada en adultos mayores de 18 años y requiere 2 dosis con una separación de 28 dias.;

¿Y la de Astrazeneca? También conocida como "la de Oxford", ésta es algo diferente. Se basa en un vector único de adenovirus de chimpancé que codifica para la glicoproteina S del SARS-CoV-2. La secuencia en este caso no ha sido modificada para estabilizar la proteina S. Tras su administración se estimulan anticuerpos neutralizantes y respuestas de inmunidad celular, que contribuye a la protección contra la COVID-19.

Vemos cómo seria el proceso:

Usando un adenovirus, que no es patógeno para los humanos, se introduce el material genético del SARS-CoV-2  que codifica la proteina S.



En la célula humana se traduce el material genético en proteina S, que se ancla en la membrana celular.
Se crean anticuerpos frente al antígeno.



Ante una posible infección del SARS-CoV-2 el sistema inmológico ya dispone de los anticuerpos específicos para afrontar la COVID-19.





Espero que haya sido didáctico, a veces con imágenes todo se simplifica.
Seguimos adelante!!


Información recogida de:

Bot plus 2.0


 


miércoles, 18 de septiembre de 2019

Tan lejanas pero tan cerca.


¿Que hay de aquellas enfermedades que nos quedan tan lejos de nuestra querida península, o de aquellas otras que se pudieron padecer hace ya años y las creíamos olvidadas?

Son las enfermedades reemergentes. Y es realmente un resurgir de enfermedades infecciosas que no son típicas de una región o país pero parece que llegan y otras que pensábamos controladas porque recientemente no había casos conocidos.

¿A qué podemos achacar estos acontecimientos?
A varios motivos; cambios en la formación demográfica humana y comportamiento, cambios en la tecnología y la industria, desarrollo económico y el cambio climático, actos como la deforestación, viaje y comercio internacional, adaptación y cambio de los microrganismos, deterioro en la salud pública....
Muchas de estas enfermedades se transmiten por vectores que pueden estar migrando hacia nuevos países usando estos frecuentes viajes y migraciones intercontinentales, como el Zika, el Dengue o el Chikungunya; otras se deben al incumplimiento del calendario vacunal de determinados colectivos, los llamados antivacunas.

Algunos datos reflejan la aparición de casos de estas afecciones en España. Así, en mayo de 2016, se detectaron 121 casos de infectados por virus Zika, según la Red Nacional de vigilancia Epidemiológica. Esta enfermedad se transmite por el mosquito Aedes aegypti, que no solo transmite el virus Zika sino que también lo hace con el Dengue, la Fiebre amarilla o el Chikungunya.
¿Qué podemos hacer al respecto? Evitar zonas con agua estancada donde pueden ubicarse estos vectores y utilizar métodos químicos y/o físicos para evitar el acceso a nuestra piel.


El abordaje de los problemas de salud pública depende en muchos casos de los estados de opinión. El sistema político actúa de forma cada vez más reactiva, de manera que con frecuencia se observan al mismo tiempo carencias en las políticas de prevención de problemas de salud emergentes y sobreactuaciones cuando se produce una crisis que comportan alarma social. Esta forma compulsiva de actuar suele tener costes elevados en términos de salud y de malbaratamiento de recursos. Los medios de comunicación juegan un papel determinante en la modulación de las percepciones ciudadanas y la creación de estados de opinión. 

Las redes sociales se han convertido en un medio de propagación muy eficaz de las pseudociencias, agravando los efectos de la desinformación, dando lugar a conductas que ponen en riesgo los logros alcanzados en salud pública y provocan la reaparición de patologías que se consideraban controladas. Por otra parte, la globalización hace que muchos fenómenos de salud pública se extiendan con gran rapidez, dando lugar a respuestas distintas según el grado de amenaza que se percibe. El mundo desarrollado solo parece movilizarse cuando se siente directamente amenazado... ¿cambiaremos el modo de actuar?

sábado, 20 de julio de 2019

¿Qué hay del magnesio?

Después de casi un año de descanso volvemos a informaros y a opinar sobre temas de actualidad.
En este caso os dejo un enlace sobre el déficit de magnesio y su posible relación con el estrés.

https://www.correofarmaceutico.com/salud-publica/magnesio.html

miércoles, 20 de junio de 2018

Visado de medicamentos

En algunas ocasiones, cuando estudiamos el acondicionamiento secundario, encontramos ciertas peculiaridades. Una de ellas es el cupón precinto diferenciado (CPD), que viene a significar que este producto farmacéutico necesita visado de inspección para ser dispensado con receta.
¿Qué sentido tiene este CPD?
Se trata de someter a determinados productos de parafarmacia y especialidades farmacéuticas a una prescripción médica restringida, de utilización reservada a determinados medios especializados, así como a aquellos que planteen especiales problemas de seguridad o se circunscriban al tratamiento farmacológico de determinados grupos poblacionales considerados de riesgo.
La finalidad es asegurar que la utilización de estos fármacos se adecua, en primer lugar, a lo fijado en las autorizaciones de comercialización del medicamento; en segundo lugar, a las indicaciones terapéuticas recogidas en la ficha técnica o en el resumen del producto correspondiente; y, en tercer lugar y con respecto a las indicaciones financiadas por el Sistema Nacional de Salud, a la exigencia de que el paciente reciba la medicación adecuada, logrando un uso racional de los medicamentos y una prestación farmacéutica de calidad.
Es el Ministerio de Sanidad el que podrá proceder a la imposición de visado en los siguientes casos:
a) Medicamentos sujetos a la calificación de prescripción médica restringida, entendiendo por tales:
1. Los medicamentos que sólo puedan seguirse en medio hospitalario;
2. Los medicamentos que se utilicen en el tratamiento de enfermedades que deban ser diagnosticadas en medio hospitalario (aunque la administración y seguimiento pueda realizarse fuera del hospital);
3. Los medicamentos destinados a pacientes ambulatorios, pero cuya utilización pueda producir reacciones adversas muy graves, lo que podría requerir una receta médica extendida por un especialista y una vigilancia especial durante el tratamiento;
b) Medicamentos que, en virtud de decisión motivada y debidamente publicada de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, queden sujetos a reservas singulares, por cuestiones de seguridad o de limitación para determinados grupos de población de riesgo.
c) Medicamentos para los que se financien únicamente algunas de sus indicaciones terapéuticas o que se aplique una aportación reducida en función del tipo de paciente.
Espero que hayáis comprendido algo más esto del visado.
Hasta la próxima!

lunes, 11 de junio de 2018

Tomando conciencia en el uso de antibióticos

Parece ser que nuestra relación con los antibióticos progresa adecuadamente, como dirían en la época de la EGB. Según podemos consultar en las novedades que publica la AEMPS esta bajada en el uso de antibióticos en atención primaria supone un cambio en la tendencia creciente que se registraba en España desde el año 2012, una inclinación que se estabilizó en 2015 y cambió entre 2016 y 2017, tal y como reflejan los últimos datos del Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN).
Entre 2016 y 2017 el ámbito de Atención Primaria (receta oficial y privada) registró una bajada del 4,78%, 

La plataforma ‘Mapas de consumo’, disponible en la web www.resistenciaantibioticos.es, incorpora los datos de consumo de antibióticos en salud humana correspondientes al año 2017. No es que tengamos una bajada que asombre, pero si podemos decir que la tendencia es a ir disminuyendo. Y así debe ser...


¿Y qué antibióticos son los más utilizados? En esta imagen extraída de www.resistenciaantibioticos.es podemos ver qué grupos son los más recetados, destacando considerablemente y como era de esperar el grupo de los betalactámicos, penicilinas y cefalosporinas,  pues son los de más amplio espectro y los que abarcan la mayoría de bacterias que nos causan las infecciones cotidianas. Ahí están la archiconocida por todos amoxicilina, sola o acompañada de clavulánico, azitromicina, y cefuroxima encabezando los más prescritos.


Sin embargo, en el área hospitalaria el consumo de antibióticos registró un incremento del 2,74%. Este aumento en el consumo de antibióticos en hospitales se debe a la aparición de resistencias que hace recurrir a antibióticos más restringidos y vigilados que solo se usan en el medio hospitalario.
Vamos por el buen camino, no usemos antibióticos a la primera de cambio.



lunes, 4 de junio de 2018

Adherencia al tratamiento

Más importante incluso que instaurar un tratamiento para una patología, es que haya cumplimiento por parte del paciente, y para que esto se produzca, el usuario tiene que conocer para qué lo toma y cómo debe tomarlo. ¿De qué nos serviría un tratamiento necesario, seguro y eficaz si no se administra adecuadamente? ¿Qué podemos hacer desde la farmacia comunitaria?
Os dejo este audio de “Farmacia Abierta” de radio 5, espero que os sirva para reflexionar a este respecto.
Seguimos avanzando!

http://www.rtve.es/alacarta/audios/farmacia-abierta/farmacia-abierta-adherencia-tratamientos-04-06-18/4622883/

lunes, 28 de mayo de 2018

Venta de medicamentos por internet

Este es uno de los temas, que a mi alumnado, en un a primera toma de contacto con la Oficina de Farmacia, le hace dudar: ¿es legal vender medicamentos por internet?
Es por ello, que en los primeros días de curso abarcamos este aspecto. Sabemos que la ilegalidad puede existir y, de hecho, se produce con más frecuencia de la que imaginamos...
Cuando se detectan estas irregularidades se retiran del mercado los productos en cuestión y se dan a conocer mediante notas informativas que publica la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, AEMPS para los allegados. Aquí tenemos un ejemplo:

RETIRADA DEL COMPLEMENTO ALIMENTICIO TR-500 CÁPSULAS

Fecha de publicación: 25 de enero de 2018
Categoría: MEDICAMENTOS DE USO HUMANO, MEDICAMENTOS ILEGALES
Referencia: ICM (MI), 4/2018
Retirada del complemento alimenticio TR-500 CÁPSULAS por contener los principios activos tadalafilo y sildenafilo, no incluidos ni declarados en su etiquetado.

Lejos de este oscuro mundo tenemos la venta legal de medicamentos on line, servicio que se otorga a las oficinas de farmacia autorizadas por el Ministerio de sanidad.

Para que esto haya sido posible, ha sido preciso establecer un marco legislativo europeo  y nacional  donde se recogen los requisitos para la venta a distancia de medicamentos en el que se han tenido en  cuenta las especiales características de los mismos y las posibles repercusiones de este tipo de venta en la salud de los ciudadanos. La normativa se puede consultar en los siguientes enlaces:


Si os fijáis en el enunciado del Real Decreto 870/2013, nos indica expresamente "medicamentos de uso humano no sujeto a prescripción médica", por tanto se clarifica que sólo podrán ser objeto de esta venta los medicamentos de venta libre, que son los que se emplean para sintomatología menor y no requiere, en principio, la intervención de un médico.

Para finalizar el post, la pregunta que os podéis estar haciendo, ¿cómo podemos saber si una oficina de farmacia está autoriazada para la venta on line de medicamentos? Tan sencillo como visualizando este logotipo.


El logo deberá encontrarse en un lugar fácilmente visible en la página web de la farmacia autorizada para esta venta en cuestión. El enlace de la aemps aquí.

Además podremos consultar las oficinas de farmacia autorizadas por Comunidades Autónomas.
¿Os animáis a descubrir las de vuestra provincia?
Hasta la próxima!